VOCALÍA ESCUELA
ALGUNOS
CARGOS Y FUNCIONES DENTRO DE LA JERARQUÍA
EL
PÁRROCO:
Es el pastor propio de la Parroquia que se le confía, y ejerce
la cura pastoral de la comunidad que le está encomendada bajo la autoridad del Obispo
Diocesano, en cuyo ministerio de Cristo ha sido llamado a participar, para que
en esa misma comunidad cumpla las funciones de enseñar, santificar y regir con
la cooperación también de otros presbíteros o diáconos, y con la ayuda de los
fieles laicos, conforme a las normas del derecho.
Son funciones que se encomienda
especialmente al Párroco:
Ø La administración del
Bautismo.
Ø La administración del
Sacramento de la Confirmación en caso de peligro de muerte.
Ø La administración del
Viático y la Unción de los Enfermos.
Ø Impartir la Bendición
Apostólica.
Ø Asistencia a los
Matrimonios y Bendición Nupcial.
Ø La celebración de
funerales.
Ø La bendición de la
pila bautismal en tiempo Pascual, la Presidencia de las procesiones fuera de la
Iglesia y las Bendiciones Solemnes fuera de la Iglesia.
Ø La celebración
Eucarística más solemne los domingos y fiestas de preceptos.
EL VICARIO PARROQUIAL:
Cuando sea necesario u oportuno para el buen desempeño de la
cura pastoral de una Parroquia, además del Párroco puede haber uno o varios
Vicario Parroquiales, como cooperadores del Párroco y partícipes de su
solicitud, unidos al Párroco por una misma voluntad y empeño, trabajen bajo su
autoridad en el ministerio pastoral.
Se puede constituir un
Vicario Parroquial bien para que ayude en el desempeño de todo el ministerio
pastoral de una Parroquia, o una determinada parte de ella, o a un grupo
concreto de fieles.
El Vicario Parroquial
ha de informar regularmente al Párroco sobre las iniciativas pastorales
proyectadas o emprendidas, de manera que el Párroco y el Vicario puedan proveer
en unidad de esfuerzos a la cura pastoral de la Parroquia, de la que son
conjuntamente responsables.
EL VICARIO GENERAL:
En cada Diócesis el
Obispo debe nombrar un Vicario General que le ayude en el gobierno de la
Diócesis. El Obispo nombra libremente al Vicario General. Éste debe ser un
sacerdote no inferior a 30 años, doctor o licenciado en Derecho Canónico o en
Teología, o, al menos, verdaderamente experto en esta materia, y dotado de sana
doctrina, honradez y prudencia en gestiones de asuntos.
EL VICARIO EPISCOPAL:
Son sacerdotes que
deben cumplir con los requisitos del Vicario General. Son destinados a una
circunscripción de la Diócesis, o para ciertos asuntos, o respecto a los fieles
de un mismo rito o para un grupo concreto de personas. Tienen la misma potestad
que el Vicario General.
EL DECANO:
Es quien está a la
cabeza de un Decanato por mandato del Obispo. Un Decanato es: varias Parroquias
unidas, cercanas físicamente, con una realidad física, antropológica, pastoral,
etc., común.
El Decano es nombrado
por el Obispo después de oír a los sacerdotes del Decanato. (canon 553) El
Decano no está ligado al Párroco, es un ente coordinador de las actividades
pastorales de su Decanato.
EL NUNCIO APOSTÓLICO:
El Romano Pontífice
tiene el derecho de elegir y nombrar a sus propios delegados y enviarlos tanto
a las Iglesias particulares, en las diversas naciones, como, a la vez, ante los
Estados y autoridades públicas. Ellos representan al Santo Padre y al Estado
del Vaticano en misiones pontificias, como delgados u observadores ante
organismos internacionales, o ante conferencias o reuniones.
LOS MINISTROS LECTORES:
Respecto a la Iglesia
Universal, la función de anunciar el Evangelio ha sido encomendado
principalmente al Romano Pontífice y al Colegio Episcopal.
En relación con la
Iglesia particular que le ha sido confiada, ejerce esa función cada Obispo.
Es propio de los
Presbíteros, como cooperadores de los Obispos, anunciar el Evangelio de Dios.
Esta obligación afecta principalmente, respecto al pueblo que le ha sido
confiado, a los Párrocos y a aquellos otros a quienes se encomienda la cura de
almas. También a los Diáconos corresponde servir en el Ministerio de la Palabra
del Pueblo de Dios, en comunión con el Obispo y su Presbiterio.
Los miembros de los
Institutos de Vida Consagrada, en virtud de su propia consagración a Dios, dan
testimonio del Evangelio de manera peculiar, y son asumidos de forma adecuada
por el Obispo como ayuda para anunciar el Evangelio.
En virtud del Bautismo
y de la Confirmación, los fieles laicos son testigos del anuncio evangélico;
con su palabra y el ejemplo de su vida cristiana también pueden ser llamados a
cooperar con el Obispo y con los Presbíteros en el ejercicio del Ministerio de
la Palabra.
LOS MINISTROS ACÓLITOS:
Los varones laicos que
tengan la edad y condiciones determinadas por Decreto de la Conferencia
Episcopal, pueden ser llamados para el ministerio estable de lector y acólito
mediante el Rito Litúrgico prescrito, sin embargo, la colocación de estos
ministerios no les da derecho a ser sustentados o remunerados por la Iglesia.
Donde lo aconseje la
necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden también los laicos, aunque
no sean acólitos, suplirles en algunas funciones, es decir, ejercitar la
administración de la Sagrada Comunión (ad casum).
Existen tres tipos de
Ministerios en la Iglesia Católica:
a) Ministerios estables de Lector y Acólito: reservado a los
varones laicos.
b) Ministerios temporales: accesibles a todos
los laicos.
c) Ministerios extraordinarios: en función de
SUPLENCIA de los Ministros Ordinarios.
La reserva de los primeros a sólo varones puede explicarse
porque, aún tratándose de ministerios laicales, entran en el área de la
preparación al ministerio ordenado que sólo el varón puede recibir válidamente.
EL CONSEJO PASTORAL PARROQUIAL:
Éstos deben ser
representativos de todas las fuerzas vivas de la Parroquia. Cada Parroquia debe
buscar la fórmula adecuada a sus grupos y realidad que en ella existan.
Respecto del número, es importante cuidar que este no sea muy pequeño: no menos
de 10 ni más de 30 personas.
Deben participar: el
Párroco que lo preside, los Vicarios, los Diáconos, las religiosas, los
representantes de cada Comunidad eclesial y los distintos grupos.
¡¡De Colores!!
Pbro. Francisco Fierro Espinoza